En caso de accidente

ACTUACIÓN DEL FEDERADO

La asistencia médica garantizada en la póliza será prestada exclusivamente por el Cuadro Médico concertado por la compañía aseguradora (HELVETIA) / Póliza nº: S0 C30 0003184.

La compañía aseguradora NO se hará cargo de ninguna factura de asistencia en centro NO CONCERTADO, salvo urgencia VITAL*.

En caso de accidente cubierto en las garantías de la póliza, el lesionado debe:

1) Inmediatamente después de su ocurrencia será necesario poner el hecho en conocimiento de la compañía aseguradora, contactando con el Centro de Atención de Siniestros de Helvetia: 902 107 120 / 91 334 92 28.

En la comunicación telefónica, deberá indicarse:

– Datos personales del lesionado.
– Datos del lugar de ocurrencia del siniestro.
– Fecha y forma de ocurrencia del accidente.
– Descripción de los daños físicos.

Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención de Siniestros facilitará al lesionado un número de siniestro y asignará al federado un centro concertado (Mutua Montañesa) donde éste recibirá la asistencia médica.

IMPORTANTE: Es obligatorio comunicar el siniestro, máximo 72 horas después del Accidente.

2) El lesionado acudirá al Centro Médico indicado, donde será imprescindible aportar el nº de siniestro para recibir asistencia. Además, deberá presentar:

– DNI.
– Carnet federativo.
– Parte de accidentes.

PARTE DE ACCIDENTES

Para obtener el correspondiente Parte de Accidentes, el federado deberá solicitarlo mandando un correo electrónico a secretaria@federacioncantabradesurf.com indicando los siguientes datos:

  • Datos personales del federado.
  • Número de licencia del año en curso.
  • Número de siniestro facilitado por la aseguradora (seis dígitos).
  • Día y hora del accidente.
  • Playa donde se ha producido el accidente surfeando.
  • Mecanismo de producción del accidente.
  • Zona exacta afectada del cuerpo.

Asistencias de urgencia

En el caso de no poder aportar el correspondiente Parte de Accidentes en el momento de recibir la prestación médica de urgencia, el federado deberá hacerlo llegar a la aseguradora durante las 72 horas siguientes a la producción del accidente.

La documentación deberá ser remitida, junto con el informe de urgencias, por correo electrónico a: helvetiaaccidentes@hna.es, junto a una copia de la licencia federativa y DNI del accidentado.

ASISTENCIAS POSTERIORES A LA URGENCIA

  • Si se requiere continuidad en la atención, visitas sucesivas, pruebas complementarias, rehabilitación o cualquier otra prestación, el federado deberá solicitar siempre autorización llamando al Centro de Atención de Siniestros (902 107 120 / 91 334 92 28).
  • Al solicitar la autorización, el Centro de Atención de Siniestros podrá solicitar al accidentado informes médicos detallados, que deberán enviarse por email para su revisión antes de emitir la correspondiente autorización.
  • Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.
  • Tras obtener la oportuna autorización y una vez realizada la prestación, se remitirá por email el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.
  • El Servicio de Autorizaciones del Centro de Atención de Siniestros facilitará las autorizaciones a los centros concertados directamente, así como a los federados que las soliciten.
  • El Centro de Atención de Siniestros indicará al federado los centros concertados a los que podrán asistir, siendo el propio federados el  que concertará su cita en el centro que él mismo haya elegido, indicándolo al Centro de Atención de Siniestros, el cual emitirá una autorización al centro con validez de 30 días. Esto permite al federado disponer de un margen para concertar su cita en el centro elegido y pueda ir directamente.
  • La asistencia será a cargo de las clínicas concertadas presentes en el cuadro médico propuesto por Helvetia. No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados, excepto urgencias vitales y sólo hasta la estabilización que permita su traslado a un centro concertado por el asegurador.

URGENCIAS VITALES*

En caso de Urgencia Vital, en la que el asegurado requiera una atención inmediata por el carácter grave de sus lesiones que afecten a su estado vital, la aseguradora asumirá el coste de la asistencia sanitaria prestada en el Centro Sanitario más próximo, siempre dentro de las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia.

Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado a Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento.

DATOS DE CONTACTO DEL CENTRO ATENCIÓN DE SINIESTROS

Teléfono: 902 107 120 / 91 334 92 28
– Lunes a viernes (salvo festivos nacionales), de 8:00 a 20:00 horas.
Fax: 902 10 30 05 / 91 383 49 57
Email: helvetiaaccidentes@hna.es

COBERTURAS DE LOS SEGUROS

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