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Funciones y normativa

Funciones

La Federación Cántabra de Surf ostenta la representación oficial exclusiva del deporte del surf y todas sus diferentes modalidades: surf, bodyboard, longboard, stand up paddle, kneeboard y bodysurf, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria a efectos públicos y goza de personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.1 de la lley 15/1994.                  

Además, es una entidad de utilidad pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte, que además de sus propias atribuciones, ejerce, por delegación, y bajo la tutela y coordinación de la Dirección General de Deporte, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la Administración Pública Autonómica.            

Son objetivos de la Federación Cántabra de Surf la práctica y promoción del deporte del surf en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como el desarrollo de planes de investigación y actividades de formación y enseñanza.

Corresponde a la Federación Cántabra de Surf las funciones de planificar, promocionar, dirigir y gestionar las actividades propias de su modalidad y sus disciplinas deportivas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como la de expedir las licencias deportivas para la participación de los deportistas, técnicos y jueces en actividades y competiciones deportivas oficiales en el ámbito autonómico y estatal. Son, además, funciones de la Federación Cántabra de Surf designar a los deportistas y técnicos que hayan de integrar las selecciones de Cantabria y calificar, organizar y, en su caso, autorizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de ámbito autonómico, además de autorizar las competiciones no oficiales en los casos que procedan.           

La Federación Cántabra de Surf es una entidad privada sin ánimo de lucro que se rige por la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000) por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Cantabria, por las restantes disposiciones que conforman la legislación deportiva cántabra vigente, por los Estatutos de la propia Federación Cántabra de Surf y sus reglamentos y por las demás normas y acuerdos que dicte, en forma reglamentaria, en ejercicio de sus competencias. Serán también de aplicación y observancia, en aquello que les afecte, los Estatutos y Reglamentos de la Federación Española de Surf, en la que estará integrada a los efectos de las competiciones de ámbito estatal.

Organización

Son órganos de gobierno y representación de la Federación: la Asamblea General y el Presidente de la Federación; son órganos complementarios para la administración de la Federación: la Junta Directiva, el Secretario, el Tesorero y el Vicepresidente; son órganos técnicos de la Federación: el Comité de Entrenadores/Técnicos, el Comité Técnico de Jueces y el Comité de Competición y Disciplina Deportiva, además de cualquier otro cuya creación se apruebe por la Asamblea General.

La Asamblea General

Es el máximo órgano colegiado de gobierno y representación de la Federación Cántabra de Surf en la que están representados los Deportistas, Clubes, Jueces y Monitores, así como aquellas personas físicas o jurídicas que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte del surf y que se integren en la Federación Cántabra de Surf de acuerdo con la normativa que se establezca al efecto.

 Composición Asamblea General

El Presidente

El Presidente de la Federación Cántabra de Surf es el órgano ejecutivo de la misma. Ostenta su representación legal, convoca y preside los órganos de gobierno, representación y control y ejecuta los acuerdos de los mismos. Lo será también de la Asamblea general. Será elegido cada cuatro años, coincidiendo con los años de los Juegos Olímpicos de verano, mediante sufragio libre, directo, igual y secreto, por los miembros de la Asamblea general. El Cargo de Presidente de la Federación Cántabra de Surf es altruista y no remunerado, salvo que expresamente lo apruebe la Asamblea General.

La Junta Directiva

Es el órgano colegiado de gestión de la Federación Cántabra de Surf. Estará compuesta por el número de miembros que determine su Presidente, todos ellos designados por éste, a quien también corresponde su remoción. Los miembros de la Junta Directiva lo son de una manera totalmente altruista y quien lo ocupa, no recibe remuneración alguna.

  • PRESIDENTE: Estefan Martínez Martín.
  • VICEPRESIDENTE: Oscar García Santamaría.
  • SECRETARIO: Pedro Gutiérrez Gómez.
  • TESORERO: José Luis Sáez Crespo.
  • VOCAL 1: Nicolás Arnedo Lombardo.
  • VOCAL 2: Luis Tausia Hoyal.

Organigrama

Presidente: Estefan Martínez Martin.

Vicepresidente: Óscar García Santamaría.

Coordinador Técnico / LOPD / LOPIVI: Pedro Gutiérrez Gómez.

Tesorero: José Luis Saez Crespo.

Centro de Surf de Somo: Olalla Presmanes Tricio

Webmaster/Community Manager: Nicolás Arnedo Lombardo

Estatutos

Aprobados en Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 20 de enero de 2009, los Estatutos de la Federación Cántabra de Surf fueron ratificados por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte a fecha 19 de abril de 2010 y publicados en el BOC nº 89 de 11 de mayo de 2010.

– Estatutos Federación Cántabra de Surf

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